Boletín PRL, nº6

Bienvenido/a al Boletín electrónico sobre PRL de la Confederación de Empresarios de La Coruña.

Este Boletín, pretende ser una nueva vía de información y comuniación preventiva dirigida al tejido empresarial y a la sociedad en general, como instrumento de difusión y divulgación preventiva. Porque la prevención está en nuestra mano.

POR LA SEGURIDAD VIAL LABORAL

Un accidente de tráfico laboral es aquel que sufre un trabajador durante su jornada de trabajo o en la incorporación o retorno al centro donde su desarrolla su actividad profesional y siempre que intervenga un vehículo en circulación. Millones de personas se desplazan diariamente desde sus hogares a sus puestos de trabajo y viceversa en vehículo privado. La movilidad y la necesidad de desplazarnos forman parte de nuestro día a día, lo que conlleva el riesgo de sufrir accidentes de tráfico, de la misma manera que los desplazamientos que se realizan por motivos de trabajo.


A día de hoy, los accidentes de tráfico son un problema social de dimensiones desproporcionadas que adquiere un dramático protagonismo en los índices de mortalidad. De hecho, los accidentes de tráfico se caracterizan por ser el problema de salud pública que experimentó el crecimiento más elevado en las tasas de mortalidad. En el ámbito laboral, los accidentes de tráfico suponen una parte importante de los accidentes laborales mortales (35%), siendo mayoritarios los que se producen en los desplazamientos de los trabajadores a sus puestos de trabajo (60% en accidentes in itinere, 40% en jornada laboral).

El accidente in itínere es el que se produce en el recorrido que hace el trabajador/a entre su casa y la empresa donde desarrolla su actividad profesional y viceversa, y tiene como causas comunes factores relacionados con la monotonía del trayecto, las prisas y el cansancio acumulado durante la jornada laboral.
Por otro lado, el accidente en misión es aquel que tiene lugar durante la jornada laboral por motivos de trabajo (transporte de mercancías, transporte de pasajeros, desplazamientos de representación o comerciales, etcétera).

Según la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, ”las empresas deben velar por la seguridad de los trabajadores a su servicio durante la jornada laboral, garantizando su seguridad y salud en todos los aspectos relacionados con el trabajo”.

La sensibilización de los conductores/as sobre seguridad vial y su fomento desde las empresas, junto con una adecuada organización del trabajo, son las herramientas para eliminar los accidentes de tráfico tanto en misión como in itínere.

De los 699.577 accidentes laborales con baja que se produjeron en 2009, 68.833 fueron accidentes de tráfico, lo que supone casi el 10%. En España la accidentalidad vial laboral se ha reducido un 40% durante los últimos años, pero a pesar de este descenso hay que seguir trabajando conjuntamente en su prevención para lograr cero accidentes laborales. Su solución requiere la participación e implicación de todos: Gobierno, Administraciones, agentes de Tráfico, medios de comunicación, profesores, usuarios, empresarios/as, etcétera.

En caso de que un trabajador se niegue al reconocimiento médico para comprobar la aptitud para desempeñar un puesto de riesgo, como son los trabajos en altura, ¿cómo debe ser el proceder del empresario?

Del carácter voluntario del trabajador a realizar el reconocimiento médico se exceptuarán previo informe de los representantes de los trabajadores los supuestos en los que la realización de los reconocimientos médicos sean imprescindibles para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa. También cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección. En caso de que el trabajador se niegue a realizar el reconocimiento médico el empresario debe destinar al trabajador en cuestión a otras tareas.

Seguridad vial laboral | Antes de ponerse en marcha

  • Documentación. Permiso de circulación, carnet de conducir, recibo del seguro y acreditación de haber pasado la ITV, en su caso. Actualmente es legal viajar con una fotocopia de estos documentos compulsada en un organismo oficial, preferentemente en la Jefatura Provincial de Tráfico.
  • Revisión de elementos mecánicos del coche. Es imprescindible al menos revisar los siguientes elementos: luces, correas, niveles, amortiguadores, frenos y neumáticos, incluso el estado del cinturón.
  • La carga. Distribuya bien la carga en el maletero y porta equipajes, intente no llevar más de lo necesario, piense que a mayor peso, mayor gasto de combustible y mayor inestabilidad del vehículo.
  • Pérdida de llaves. Lleve siempre un duplicado, o, si es posible, anote la numeración de la llave en su agenda.
  • La elección de la carretera. Antes de salir es conveniente planificar el itinerario, la ruta más idónea y la carretera que presente mayor seguridad, aunque haya una mayor inversión de tiempo en el viaje.
  • Horario de ruta. Es un error grave y frecuente ponerse una hora fija de llegada al lugar destino final, ya que si ve que ésta no se cumple, tenderá a incrementar las conductas de riesgo, en especial la velocidad y los adelantamientos.
  • Momentos de riesgo. Son especialmente peligrosos los kilómetros finales, cuando ya se está muy cerca del lugar de destino. Ello se debe fundamentalmente a la acción acumulada de la fatiga

Diagnóstico de seguridad vial laboral

Herramienta que facilita y orienta a las empresas para la realización de una autoevaluación en seguridad vial laboral y que facilita información sobre las medidas necesairas a realizar en la empresa para garantizar una gestión adecuada de la seguridad vial.

 

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